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Sanciones económicas de EE. UU. contra Cuba: riesgo aumentado que requiere máxima precaución por parte de entidades no estadounidenses

Tabla de contenidos

El riesgo actual de sanciones de Estados Unidos para entidades no estadounidenses que realizan negocios con Cuba está en su nivel máximo. En consecuencia, entidades no estadounidenses deben ejercer máxima precaución desde la perspectiva del cumplimiento.

Todos los negocios actuales o contemplados relacionados con Cuba por parte de entidades no estadounidenses deben someterse a un análisis exhaustivo de cumplimiento antes de proceder. Las violaciones de las sanciones primarias podrían resultar en multas multimillonarias. Conducta sancionable bajo las sanciones secundarias podría resultar en la designación a la SDN List de OFAC, lo cual conlleva exclusión del comercio y las finanzas estadounidenses.

El nivel de riesgo de sanciones ha aumentado significativamente desde principios de 2026 y, en particular, desde el 1 de mayo de 2026. En términos generales, antes de 2026, el riesgo de sanciones para entidades no estadounidenses bajo las sanciones estadounidenses contra Cuba era relativamente bajo para actividades sin vínculo con Estados Unidos. Esto ya no es así. A continuación, un resumen muy breve de las acciones de Estados Unidos desde enero de 2026 que desencadenan el actual nivel de riesgo elevado:

  • 29 de enero de 2026. La Orden Ejecutiva 14380 autoriza aranceles contra países que vendan petróleo a Cuba. Véase el Documento 1.
  • 1 de mayo de 2026. La Orden Ejecutiva 14404 autoriza la designación e imposición de sanciones secundarias a entidades no estadounidenses que hagan negocios con el sector gubernamental cubano, con otras personas o entidades designadas, o que se determine operan en sectores específicos de la economía cubana, incluyendo energía, defensa y material relacionado, metales y minería, servicios financieros o el sector de la seguridad. Véase el Documento 2.
  • 7 de mayo de 2026. Sanciones bajo la Orden Ejecutiva 14404 contra Gaesa (el conglomerado empresarial militar cubano), el Presidente Ejecutivo de Gaesa, y Moa Nickel SA, una empresa conjunta entre la canadiense Sherritt International Corporation y el Gobierno cubano. El Departamento de Estado declara que «se pueden esperar designaciones adicionales en los próximos días y semanas.» Véase el Documento 3.
  • 7 de mayo de 2026. OFAC publica FAQ para aclarar el alcance de las sanciones de la Orden Ejecutiva 14404 y la Licencia General 1, que aclara que las actividades relacionadas con Cuba autorizadas o exentas bajo las sanciones preexistentes también están autorizadas bajo la Orden Ejecutiva 14404. Véanse los Documentos 4 y 5.
  • 18 de mayo de 2026. Designaciones adicionales de entidades cubanas bajo la Orden Ejecutiva 14404, incluyendo el Ministerio del Interior. Véase el Documento 6.
  • Decisión del Tribunal Supremo de EE. UU. en Havana Docks Corp. v. Royal Caribbean Cruises Ltd., apoyando una interpretación amplia de la Ley Helms-Burton que autoriza demandas en los juzgados federales estadounidenses por daños y perjuicios contra entidades no estadounidenses por realizar transacciones que involucran bienes confiscados por el Gobierno cubano a ciudadanos estadounidenses. Véase el Documento 7.

 

El nivel de riesgo actual aplica tanto a actividad con nexo con Estados Unidos, por ejemplo en los pagos en USD, como a las actividades sin ningún nexo con Estados Unidos bajo las nuevas sanciones secundarias. La decisión del Tribunal Supremo de EE. UU. podría fomentar nuevas demandas contra entidades no estadounidenses bajo la Ley Helms-Burton.

No todos los negocios relacionados con Cuba por parte de entidades no estadounidenses necesariamente provocan riesgo de sanciones estadounidenses. Sin embargo, debido a la significativa expansión de los riesgos de sanciones desde el 1 de mayo, antes de concluir que las operaciones existentes o previstas no conllevan riesgo, es esencial realizar un análisis exhaustivo de cumplimiento con las sanciones de EE. UU. que considere la compleja red de leyes, órdenes ejecutivas, regulaciones y directrices potencialmente aplicables.

Estos recientes acontecimientos relacionados con las sanciones económicas estadounidenses contra Cuba recuerdan a los cambios en las sanciones estadounidenses contra Venezuela a lo largo de 2025 y 2026. Durante este periodo, Venezuela vivió un incremento de las sanciones estadounidenses, seguida de una intervención estadounidense que resultó en un relajamiento de las restricciones, aunque no en su eliminación. El riesgo de sanciones de EE. UU. para entidades no estadounidenses procedentes de negocios relacionados con Venezuela es significativamente menor hoy, aunque no nulo, en comparación con 2025.

La acusación penal del 20 de mayo contra Raúl Castro sugiere paralelismos con Venezuela y la destitución de Nicolás Maduro. Es imposible predecir si los acontecimientos en Cuba, incluidas las sanciones económicas estadounidenses, seguirán el modelo de Venezuela. Por el momento, las entidades no estadounidenses deben ejercer la máxima precaución respecto a los riesgos bajo las sanciones económicas estadounidenses. Todos los negocios existentes y contemplados relacionados con Cuba deberían analizarse exhaustivamente para detectar posibles riesgos. Incluso la actividad relacionada con la liquidación o salida de negocios relacionados con Cuba debe analizarse para confirmar el cumplimiento con las restricciones estadounidenses, ya que dicha actividad también podría desencadenar riesgos bajo las sanciones primarias o secundarias.

En resumen, actividades relacionadas con Cuba actualmente desencadenan un riesgo máximo bajo las sanciones de Estados Unidos. Se debe tomar la máxima precaución. Esta actividad no debería proceder sin un análisis previo y exhaustivo de cumplimiento. Los riesgos incluyen multas potencialmente multimillonarias bajo las sanciones primarias y la designación y exclusión de participar en negocios con Estados Unidos bajo las sanciones secundarias.

Enlaces a documentación referenciada

  • Documento 1 — Orden Ejecutiva 14380 del 29 de enero de 2026: govinfo.gov
  • Documento 2 — Orden Ejecutiva 14404 del 1 de mayo de 2026: govinfo.gov
  • Documento 3 — Comunicado de prensa del Departamento de Estado del 7 de mayo de 2026 sobre las designaciones de sanciones bajo la Orden Ejecutiva 14404: state.gov
  • Documento 4 — Preguntas frecuentes del 7 de mayo de 2026 sobre la imposición de sanciones bajo la EO 14404: ofac.treasury.gov
  • Documento 5 — Licencia General OFAC nº 1 bajo la Orden Ejecutiva 14404 (7 de mayo de 2026): ofac.treasury.gov
  • Documento 6 — Comunicado de prensa del Departamento de Estado del 18 de mayo de 2026 sobre nuevas designaciones de sanciones bajo la EO 14404: state.gov
  • Documento 7 — Decisión del Tribunal Supremo de EE. UU. del 21 de mayo de 2026 en Havana Docks Corp. v. Royal Caribbean Cruises Ltd. interpretando la Ley Helms-Burton: supremecourt.gov

Si su empresa opera internacionalmente, en sectores o mercados sensibles o sus operaciones tienen algún nexo con Estados Unidos, contar con asesoramiento especializado en sanciones y controles de exportación estadounidenses no es opcional.