Noticias y Artículos

Burke Compliance

OFAC Y DEPARTAMENTO DE ESTADO DE EE. UU. REITERAN ADVERTENCIAS Y RIESGO MAXIMO DE SANCIONES PARA ENTIDADES NO ESTADOUNIDENSES CON OPERACIONES RELACIONADAS CON CUBA

Sanciones OFAC Cuba 2026
Tabla de contenidos

OFAC Y DEPARTAMENTO DE ESTADO DE EE. UU. REITERAN ADVERTENCIAS Y RIESGO MAXIMO DE SANCIONES PARA ENTIDADES NO ESTADOUNIDENSES CON OPERACIONES RELACIONADAS CON CUBA

En nuestras recientes notas del 4 y 22 de mayo, ya comentamos que a raíz de nuevas medidas de sanciones adoptadas por EE. UU. a partir del 1 de mayo, entidades no estadounidenses con operaciones relacionadas con Cuba afrontan alto riesgo y requieren máxima precaución con respecto a las sanciones económicas estadounidenses.

Ayer, 4 de junio, la OFAC y el Departamento de Estado anunciaron sanciones adicionales. Lo realmente llamativo de estos anuncios es lo agresivo del lenguaje sobre la postura de EE. UU. hacia Cuba y la claridad y tono amenazante de las advertencias a entidades no estadounidenses sobre los serios riesgos de corren en caso de negocios con el Gobierno de Cuba, entidades recientemente designadas, o los sectores de la economía cubana identificados como sancionados.

El Fact Sheet del Departamento de Estado identifica a las cinco entidades y cinco individuos cubanos sancionados ayer bajo la autoridad de la Orden Ejecutiva 14404 del 1 de mayo, hace referencia a las motivaciones de EE. UU., y advierte a las entidades no estadounidenses de los riesgos que corren. (Ver Documento 1.)

  • Las entidades son Amistur Cuba SA, Comité de Defensa de la República, Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos, Minera de la Victoria SA, y Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
  • Los individuos son el presidente de Cuba, Miguel Diaz-Canel, varios de sus familiares, y varios de los familiares de Raul Castro.
  • El Fact Sheet establece que:
    • “Las sanciones están diseñadas para exigir responsabilidades a los actores internacionales que apoyan el régimen cubano.”
    • “Bancos y empresas extranjeras que proporcionan servicios a las partes designadas corren riesgo de sanciones y deben congelar esas actividades.”
    • “Personas extranjeras involucradas en operaciones con personas designadas bajo la Orden Ejecutiva 14404 o que operan en los sectores de energía, defensa y material relacionado, metales y minería, servicios financieros, o seguridad, de la economía cubana identificados en la Orden Ejecutiva 14404, están ellas mismas bajo riesgo de sanciones.”

El Comunicado de Prensa hace referencia a la postura de EE. UU. con respecto a Cuba y las motivaciones detrás de las sanciones con lenguaje extremadamente agresivo. (Ver Documento 2.) El Comunicado establece que:

  • “Estoy designando a cinco entidades cubanas y cinco individuos que sostienen la maliciosa campaña del régimen para subvertir y desestabilizar la seguridad nacional de EE. UU.”
  • “Havana ha servido como base de operaciones avanzada de una guerra irregular global en contra de los intereses de EE. UU., reclutando, entrenando, y equipando violentos militantes de izquierdas a través de nuestra región, incluso grupos terroristas marxistas en EE. UU., con el objetivo final de socavar la seguridad nacional de EE. UU.”

El FAQ 1258 de OFAC reitera de modo aún más claro y directo lo ya anunciado anteriormente sobre los riesgos de sanciones secundarias para entidades no estadounidenses con operaciones o negocios relacionados con Cuba. (Ver Documento 3.) Normalmente este tipo de comunicaciones esclarecedoras por parte de OFAC responden a la intención de que no quede el mínimo de duda acerca de la postura de OFAC. En este caso esto significa que probablemente OFAC ha estado recibiendo gran numero de consultas de empresas no estadounidenses sobre el alcance de las nuevas sanciones, y OFAC quiere efectivamente no dejar ninguna duda de que negocios con Cuba conllevan riesgo máximo, para así aplicar máxima presión contra el régimen cubano. En la FAQ, OFAC establece que:

  • “Entidades no estadounidenses, incluidas las instituciones financieras, están expuestas a riesgo de sanciones si se involucran en operaciones con personas designadas bajo la Orden Ejecutiva 14404.”
  • OFAC hace mención especifica de Gaesa, Minint, y Minfar, y hace hincapié en que las restricciones aplican asimismo con respecto a entidades participadas al 50 por ciento o mas por parte de una o mas personas sancionadas. Esta es la llamada “50 percent rule” de OFAC.
  • Adicionalmente, OFAC menciona la Cuba Restricted List o CRL, la cual es un listado no de OFAC, si no del Departamento de Estado. (Ver Documento 4.) OFAC prohíbe operaciones financieras directas con entidades en la CRL por parte de entidades americanas y sus filiales controladas. En este caso la intención de OFAC es advertir a entidades no estadounidenses que el listado CRL consiste en gran parte de entidades participadas por Gaesa, Minint, y Minfar. Esto significa que, aunque hayan entidades en la CRL que no han sido designadas explícitamente bajo la Orden Ejecutiva 14404, tener negocios con ellas probablemente también cause riesgo de sanciones secundarias a las entidades no estadounidenses involucradas.

Las advertencias del Departamento de Estado y de OFAC del 1 de junio no pueden ser más claras. La postura de EE. UU. con respecto a las sanciones contra Cuba es altamente agresiva. Las advertencias sobre el riesgo para entidades no estadounidenses con respecto a Cuba van en serio. La realización de cualquier negocio con Cuba sin un previo análisis riguroso de posibles riesgos bajo las sanciones de EE. UU. es altamente peligroso. Maxima precaución es necesaria.

ENLACES A DOCUMENTACION REFERENCIADA

Si su empresa opera internacionalmente, en sectores o mercados sensibles o sus operaciones tienen algún nexo con Estados Unidos, contar con asesoramiento especializado en sanciones y controles de exportación estadounidenses no es opcional.