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OFAC Licencia General X: venta de petróleo iraní 60 días

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OFAC EMITE LA LICENCIA GENERAL X E IMPLEMENTA LA AUTORIZACION DE VENTAS DE PETRÓLEO IRANÍ DEL MOU ENTRE EE. UU. E IRÁN

Observamos en nuestra nota de ayer que el Memorando de Entendimiento entre Estados Unidos e Irán («MOU») es impreciso y que cualquier cambio en las restricciones a las sanciones estadounidenses requeriría acciones formales específicas y cambios en las normas estadounidenses. El 22 de junio, la Oficina del Tesoro de Control de Activos Extranjeros de EE. UU. («OFAC») actuó con respecto a las exenciones necesarias para que Irán pueda exportar crudo y productos petrolíferos. (Véase Licencia General X en el Documento 1.)

La Licencia General OFAC X («GL X») es una autorización temporal de 60 días válida hasta el 21 de agosto de 2026, que autoriza la siguiente actividad:

  • Operaciones prohibidas por varios programas de sanciones estadounidenses, incluidas las sanciones contra Irán, las sanciones contra la proliferación de armas de destrucción masiva, las sanciones contra el terrorismo y las sanciones de derechos humanos, que sean «normalmente incidentes y necesarias» para la producción, venta, entrega o descarga de crudo, productos petroquímicos o productos petrolíferos de origen iraní.
  • La importación a Estados Unidos cuando dicha importación es normalmente incidente y necesaria para una actividad que de otro modo esté autorizada bajo la GL X.
  • Los pagos a Irán, al Gobierno de Irán o a las partes sancionadas pueden realizarse en dólares estadounidenses.
  • No se permiten transacciones que involucren a partes de Corea del Norte, Cuba, Crimea o las regiones en conflicto de Ucrania.
  • No están autorizadas las operaciones prohibidas por otras autoridades legales que no estén explícitamente referenciadas en la GL X.

 

La GL X aclara algunas ambigüedades en el lenguaje del MOU. La autorización se aplica tanto a entidades estadounidenses como a entidades no estadounidenses y permite explícitamente pagos en dólares estadounidenses. Esto significa que tanto las sanciones primarias como las secundarias que restringen estas transacciones quedan temporalmente exentas. Anteriormente no estaba claro que las exenciones se aplicarían a las sanciones primarias. Previas liberalizaciones de las sanciones a Irán, incluido el PAIC de 2015, solo aplicaron a sanciones secundarias. En este sentido, las autorizaciones de la GL X probablemente sean más amplias de lo previsto.

Por otro lado, no se eliminan sanciones. Todas las restricciones pertinentes permanecen vigentes y solo se eximen temporalmente. Aunque la GL X permite transacciones que involucren petróleo y productos petrolíferos de origen iraní con partes que permanecen en la lista SDN de la OFAC, incluyendo con respecto al terrorismo o proliferación de armas de destrucción masiva, ninguna parte sancionada es retirada de ninguna lista de sanciones.

GL X es una autorización temporal solo por 60 días. Esto corresponde al periodo inicial previsto en el MOU para alcanzar un acuerdo final. La autorización podría renovarse o prorrogarse si las negociaciones avanzan positivamente, pero también podría ser revocada en cualquier momento. Un periodo de 60 días puede no ser lo suficientemente largo para que entidades interesadas puedan beneficiarse de manera significativa de la capacidad de comprar productos iraníes. Normalmente, bajo licencias generales temporales de OFAC como esta, toda la actividad autorizada debe completarse, incluyendo envío, entrega y pago, dentro del plazo permitido, en este caso 60 días.

También es importante señalar que existen otros riesgos y consideraciones que la GL X no elimina. En particular, operaciones con partes iraníes sancionadas bajo sanciones contra el terrorismo o la proliferación de armas de destrucción masiva pueden desencadenar otros tipos de riesgos además de los riesgos de las sanciones estadounidenses. Las autorizaciones de la GL X conciernen únicamente a las restricciones bajo sanciones económicas estadounidenses. Existen otras disposiciones legales que pueden generar riesgos significativos para aquellos que operen con partes vinculadas al terrorismo o a actividades relacionadas con la proliferación. Por ejemplo, existen leyes estadounidenses que prevén responsabilidad civil y penal en caso de apoyo material al terrorismo o a ciertas partes designadas. GL X no eliminaría esos riesgos.

Aunque la GL X es amplia en muchos aspectos, partes interesadas pueden no estar dispuestas en este momento a asumir riesgos aún considerables derivados del trato con Irán y partes sancionadas. Puede que la GL X aumente el flujo de productos petrolíferos iraníes como resultado de la mayor actividad de entidades que ya asumían el riesgo de sanciones antes del 22 de junio. Ahora esas partes pueden percibir que pueden operar bajo un nivel de riesgo menor.

Para otras entidades que consideren si aprovechar las autorizaciones de la GL X e iniciar actividades relacionadas con Irán, es esencial evaluar los riesgos con extremo cuidado y tomar determinaciones caso por caso, teniendo en cuenta no solo los riesgos de sanciones estadounidenses que son temporalmente levantados por la GL X, sino también otros riesgos que GL X no afecta.

ENLACES A DOCUMENTOS REFERENCIADOS

Si su empresa opera internacionalmente, en sectores o mercados sensibles o sus operaciones tienen algún nexo con Estados Unidos, contar con asesoramiento especializado en sanciones y controles de exportación estadounidenses no es opcional.