Una licencia emitida por OFAC es la autorización que permite realizar una operación que, de otro modo, estaría prohibida por un programa de sanciones economicas de Estados Unidos. Existen dos tipos: la licencia general, que autoriza por adelantado a toda una categoría de operaciones sin necesidad de pedir permiso, y la licencia específica, que se solicita caso por caso y se concede por escrito. Saber cuál aplica —o si no aplica ninguna— es lo que separa una operación legal de una infracción de responsabilidad objetiva.
¿Tu operación puede necesitar una licencia de OFAC?
Analizamos tu caso concreto y te decimos si existe una licencia general que ya la cubra o si hay que solicitar una específica.
Para una empresa no estadounidense esto importa incluso sin ser de EE. UU.: si tu operación toca dólares, bienes de origen estadounidense o el sistema financiero norteamericano, o tiene cualquier otro nexo con EE. UU., puedes necesitar una licencia de OFAC para autorizar conducta prohibida bajo las sanciones primarias. En más y más circunstancias, OFAC está requiriendo que entidades no estadounidenses obtengan licencias de OFAC para realizar operaciones sin ningún nexo con EE. UU. pero que pueden ser sancionables bajo las sanciones secundarias (o extraterritoriales) de EE. UU. En Burke Compliance analizamos esa exposición dentro de nuestro servicio de sanciones económicas OFAC. Este artículo explica cuándo necesitas licencia, la diferencia entre general y específica, y cómo se solicita paso a paso.
Qué es una licencia de OFAC
Una licencia de OFAC es un permiso que levanta, para un caso o una categoría concreta, una prohibición impuesta por un programa de sanciones. OFAC —la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Tesoro de EE. UU.— administra estos programas y es la única autoridad que puede autorizar una excepción. Operar sin la licencia necesaria constituye una infracción, aunque la operación fuera legal en tu país.
Licencia general frente a licencia específica
La diferencia clave es que la licencia general ya está publicada en los reglamentos de OFAC y se aplica sola si cumples sus condiciones, mientras que la específica hay que pedirla y esperar la respuesta de OFAC. Antes de solicitar una específica, siempre hay que comprobar si existe una general que cubra tu caso.
| Licencia general (GL) | Licencia específica (SL) | |
|---|---|---|
| Qué es | Autorización ya publicada en la normativa para una clase de operaciones. | Autorización individual, por escrito, para una operación concreta. |
| ¿Hay que solicitarla? | No. Se aplica sola si cumples todas sus condiciones. | Sí. Se presenta una solicitud ante OFAC. |
| Plazo | Inmediata. | Variable; puede tardar meses. |
| Riesgo | Debes documentar que cumples cada condición. | No hay garantía de concesión; OFAC decide. |
| Cuándo usarla | Cuando existe una GL que encaja con tu operación. | Cuando ninguna GL cubre tu caso y la operación no está permitida. |
Un error frecuente es solicitar una licencia específica para algo que ya cubre una general, o dar por hecho que existe una general que en realidad no aplica. Ambos extremos generan riesgo: el primero pierde tiempo, el segundo provoca la infracción.
Cuándo necesitas una licencia de OFAC
Necesitas una licencia cuando quieres realizar una operación prohibida por un programa de sanciones y ninguna licencia general la autoriza. Los supuestos más habituales para una empresa no estadounidense son operaciones vinculadas a jurisdicciones sometidas a embargo integral o a partes designadas.
- Operaciones con países sancionados: transacciones que tocan una jurisdicción bajo embargo. Puedes consultar cuáles en el artículo sobre países sancionados por EE. UU..
- Operaciones con partes de la lista SDN: tratos con personas o entidades designadas, o participadas en un 50 % o más por ellas.
- Desbloqueo de fondos o bienes que han quedado inmovilizados (blocked) por una entidad financiera.
- Determinadas operaciones humanitarias, de telecomunicaciones o de asistencia legal, que a menudo se canalizan por licencia general pero pueden requerir específica.
¿Licencia general o licencia específica?
Confirmamos qué vía cubre tu operación antes de que la ejecutes sin autorización.
Cómo solicitar una licencia específica paso a paso
La solicitud de una licencia específica normalmente se presenta ante OFAC de forma electrónica, a través de su portal de solicitud de licencias, aportando información detallada de todas las partes y de la operación. Un expediente incompleto es la causa más común de retraso.
- Confirma que no hay licencia general. Revisa el programa de sanciones aplicable antes de solicitar nada.
- Reúne la información de la operación. Identidad y titularidad real de todas las partes, descripción de bienes o servicios, importe, ruta financiera y uso final.
- Presenta la solicitud en el portal de OFAC. Se tramita en línea; es indispensable explicar por qué la operación merece autorización. Esto normalmente requiere explicar por qué la operación no perjudicaría la seguridad nacional o política exterior de EE. UU.
- Responde a los requerimientos. OFAC puede pedir información adicional; responder rápido y completo acorta el plazo.
- No ejecutes hasta tener la licencia. Anticiparse a la concesión es, en sí mismo, una infracción.
Qué pasa si operas sin licencia
Operar sin la licencia necesaria expone a sanciones civiles bajo un régimen de responsabilidad objetiva: OFAC puede sancionar aunque la empresa no supiera que la operación estaba prohibida. Las sanciones civiles bajo IEEPA alcanzan cuantías que se ajustan cada año por inflación —superiores a 380.000 USD por infracción— o el doble del valor de la operación, la que sea mayor. Las infracciones deliberadas pueden derivar en responsabilidad penal, con penas de hasta 20 años de prisión y multas de hasta 1 millón de USD por infracción.
Esta exposición no se limita a empresas estadounidenses. El alcance de las sanciones de EE. UU. es extraterritorial cuando intervienen dólares, bienes de origen estadounidense o el sistema financiero norteamericano, o cualquier otro nexo con EE. UU., como explicamos en el artículo sobre extraterritorialidad de las sanciones.
En la práctica
Una empresa europea tiene fondos retenidos por su banco corresponsal en Estados Unidos: un pago legítimo a un proveedor había quedado bloqueado porque un intermediario aparecía vinculado a una parte designada cuando en realidad tal vinculo no existe. La empresa quiere que el pago se procese cuanto antes y está a punto de reenviar el pago por otra ruta.
Ese segundo intento probablemente provocaría otro bloqueo de fondos. La vía correcta es una licencia específica de desbloqueo ante OFAC, documentando la realidad de que no hay vinculo a ninguna parte designada. Con sanciones, la prisa es el enemigo: casi siempre la salida legal es más lenta, pero es la única que existe.
Preguntas frecuentes
¿Una empresa no estadounidense puede necesitar una licencia de OFAC?
Sí. Si la operación implica dólares, bienes o servicios de origen estadounidense, el sistema financiero de EE. UU. o partes designadas, una empresa extranjera puede necesitar una licencia de OFAC, con independencia de dónde esté domiciliada. Más y más frecuentemente una licencia de OFAC puede ser necesaria para autorizar operaciones sin nexo alguno con EE. UU. si la actividad en cuestión es sancionable bajo las sanciones secundarias.
¿Cuánto tarda OFAC en conceder una licencia específica?
No hay un plazo fijo. Depende del programa, de la complejidad del caso y de la calidad del expediente. Puede llevar meses, por lo que conviene solicitarla con antelación y no comprometer la operación a una fecha cerrada.
¿Solicitar una licencia es admitir una infracción?
No. Pedir una licencia es el procedimiento normal para autorizar una operación restringida. Cuestión distinta es la autodenuncia voluntaria de una infracción ya cometida, que es un proceso diferente.
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